Directrices de empleo:
La Iglesia Bíblica de la Gracia es un empleador con igualdad de oportunidades y como tal no discriminará a ninguna persona por motivos de raza, color, sexo, discapacidad, edad, origen nacional o condición de veterano. Nos reservamos el derecho de discriminar en base a la religión como se permite en la Sección 702 del Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964. Como parte de la religión profesada por cualquier empleado, exigimos "un estilo de vida no contrario a la Palabra de Dios" (tal y como exige nuestra Constitución para los miembros) como norma de vida requerida para el empleo. Podemos exigir que una persona contratada para un determinado puesto sea miembro de la Iglesia Bíblica de la Gracia. Es el deseo de la Iglesia que todos los empleados sean cristianos comprometidos, y este compromiso se requiere para la mayoría de los puestos. Todos los empleados deben reconocer su acuerdo con la declaración doctrinal de la Iglesia y vivir en consecuencia.
Definiciones de la situación laboral - asignada en el momento de la contratación
- A tiempo completo: 40 o más horas por semana Beneficios completos: Seguro, jubilación y tiempo libre*.
- 30-39 horas por semana Beneficios completos: Seguro y jubilación Beneficios parciales: Tiempo libre*.
- Tiempo parcial: 25-29 horas/semana (consistentemente) Beneficios Parciales: Jubilación y tiempo libre* Sin beneficios: Seguro
- Ocasional: 24 horas o menos a la semana Sin beneficios: Seguro, jubilación y tiempo libre*.
- Temporal: Empleo breve/de emergencia
*Los beneficios por tiempo libre se refieren específicamente a vacaciones pagadas, baja por enfermedad o vacaciones, calculados de la siguiente manera: Calcule el % en función de las horas asignadas en la descripción del puesto (por ejemplo, 30 horas = 75%)